Carta N° 2122 de parte de la Unidad de Participación y Atención Ciudadana de Gendarmería de Chile a Erika Hennings Cepeda en representación de Londres 38, espacio de memorias, notificando la ampliación del plazo en 10 días para dar respuesta a la solicitud AK006T0008626 por aplicación de la Ley N° 20.285 "Acceso a la Información Pública".
La colección está compuesta por documentos producidos y recopilados por Londres 38 en las diversas solicitudes efectuadas en virtud de la Ley N° 20.285 "Sobre acceso a la información pública" o Ley de Transparencia. El ingreso de dichas solicitudes responde a una de las líneas de trabajo de Londres 38, el derecho al acceso a la información para ejercer otros derechos, así como la búsqueda de verdad y justicia no restringido a los hechos ocurridos durante la dictadura sino que también a las acciones y decisiones de la actualidad. Para así contar y poner a disposición información emanada de diversas instituciones del Estado y sus diversos organismos.
Decisión a Amparo presentado por Erika Hennings Cepeda en representación de Londres 38, espacio de memorias ante el Consejo para la Transparencia a respuesta parcial o incompleta por parte de Gendarmería de Chile, a la solicitud de datos de reos y ex-reos de Punta Peuco. El amparo es acogido de forma parcial dado que rechaza la entrega de la nómina de personas que hayan cumplido condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Punta Peuco en cuanto es información reservada y en conformidad a la Ley de Protección de la Vida Privada y la Ley de Transparencia.
Decisión de Cierre de Amparo interpuesto por Londres 38, espacio de memorias contra Gendarmería de Chile por el Consejo para la Transparencia, ante la falta de objeción por parte de Londres 38 al fallo de la Corte Suprema, en el cual deja sin efecto la entrega de los nombres de los internos condenados y de los condenados trasladados desde Punta Peuco a otro recinto penal.
Decisión a Amparo presentado por Gloria Elgueta Pinto en representación de Londres 38, espacio de memorias ante el Consejo para la Transparencia a respuesta parcial o incompleta por parte de Gendarmería de Chile, a la solicitud de datos de reos y ex-reos de Punta Peuco. El amparo es acogido de forma total dado que los datos provienen de fuentes accesibles al público - registro que debe existir en cada centro penitenciario; por lo tanto, no resulta aplicable el régimen general de protección relativo al tratamiento de los datos personales.
Decisión de acoger el Amparo presentado por Gloria Elgueta Pinto ante el Consejo para la Transparencia a respuesta parcial o incompleta del Ejército de Chile, a la solicitud de datos acerca de la identidad del o de los oficial (es) responsables de la organización del acto deportivo en el cual se homenajeó a Miguel Krassnoff, en Octubre de 2018, en la Escuela Militar; y, el nombre de los Oficiales y Autoridades presentes en la actividad.
Amparo que acoge parcialmente el reclamo interpuesto por Gloria Elgueta Pinto en contra de Carabineros, se ordena la entrega de información sobre el tipo de falta por el cual se instruyen los sumarios a funcionarios de Carabineros de Chile desde el 18 de octubre de 2019 a la fecha.
Respuesta parcial y en concordancia a lo determinado por el Consejo para la Transparencia y sentenciado por la Corte Suprema de Gendarmería a la solicitud de Londres 38 para acceder a datos de reos y ex-reos del Penal de Punta Peuco, nómina de los condenados del C. C. P. Punta Peuco al 4 de julio de 2018, con sus correspondientes edades, causas rol N° e interno con beneficios carcelarios.